invisible
invisible

invisible Castep
invisible Servicios Asesoría
Contable 
Fiscal 
Laboral 
Mercantil 
invisible Equipo de trabajo
invisible Situación
invisible Contacto
invisible Noticias
invisible Circulares
invisible Boletines
invisible
invisible
invisible
invisible
Inicio >> Noticias >> Fiscal >> LAS DIEZ CLAVES DE LA NUEVA REFORMA FISCAL

LAS DIEZ CLAVES DE LA NUEVA REFORMA FISCAL 10/11/2006

1. Reducción de la tarifa
La tarifa del IRPF se reduce de cinco a cuatro tramos. El tipo máximo pasa del 45 al 43 por ciento y el tipo mínimo se queda en el 24, para el 60 por ciento de los contribuyentes. Los asalariados no pagarán si sus ingresos son inferiores a 9.000 euros. Este cambio supondrá una reducción de la carga fiscal, que será más acusada para las rentas altas y bajas y menos significativa para las medias. Hacienda cifra en unos 2.000 millones de euros el ahorro.

2. Mínimo personal y familiar
Los importes se elevan sustancialmente pero se cambia de filosofía para tratar por igual a todos los contribuyentes, independientemente de su renta. Así, en lugar de contemplar su exclusión de la base imponible, pasarán a ser deducidos a un tipo fijo del 24 por ciento.

3. Tributación del ahorro
Se eleva la tributación del ahorro, que pasa del 15 al 18 por ciento, aunque se introduce una ventaja para los pequeños accionistas, ya que los 1.500 primeros euros de dividendos no tributarán. La reforma simplifica de forma notable la tributación del ahorro, al homogeneizarla tanto desde el punto de vista conceptual como temporal. Todo tipo de productos de ahorro (intereses, dividendos, ganancias de capital, seguros, etcétera) tributarán ahora al 18 por ciento.

4. Dividendos
La tributación de los dividendos igual que los intereses favorecerá el endeudamiento de las empresas, que deducirán sus intereses al 30 por ciento, mientras los recibidos por sus socios se gravarán al 18.

5. Planes de pensiones
El importe sujeto a deducción se reduce, pero se amplía a productos como los seguros de dependencia. Desaparece la reducción del 40 por ciento si la aportación realizada al plan se rescata de golpe.

6. Seguros de vida
La transformación de capitales en rentas de los seguros de vida o invalidez no tendrá consecuencias tributarias para los contribuyentes. La tributación se producirá cuando se perciban las rentas.

Sociedades
7. Rebajas en el Impuesto
Desde enero, las pymes se beneficiarán de un tipo impositivo del 25 por ciento y las grandes empresas del 32,5 por ciento, que bajará al 30 por ciento a partir del 1 de enero de 2008. La medida se justifica para mejorar la competitividad de las empresas en el entorno europeo, aunque la media de los tipos de la Unión Europea se encuentra en el 25 por ciento.

8. Adiós a las deducciones
Se suprimen paulatinamente casi todas las deducciones fiscales, incluidas las de investigación y desarrollo y la de innovación tecnológica. El proceso durará hasta 2014. Sólo se mantendrán las bonificaciones por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla y por prestación de servicios públicos locales, además de las deducciones por creación de empleo para trabajadores minusválidos y por reinversión de beneficios extraordinarios.

9. Reinversión de beneficios
Mejora de la exención por reinversión de beneficios extraordinarios, pero sólo cuando los bienes objeto de reinversión tengan una vocación productiva, regulada con detalle.

10. Sociedades patrimoniales
Con la desaparición del régimen especial de patrimoniales, estas sociedades pasarán a tributar en el régimen general. También se puede disolver la sociedad y liquidarla en el primer semestre de 2007, acogiéndose al régimen transitorio.

Ir al inicio

Asesoría CASTEP CIF.B-00.000.000 - Política de privacidad - Produce Productos web, s.l. - Posicionamiento en buscadores
invisible